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Tema 3 – Documentación

3.2. Licencias y permisos de conducir

3.2.1. Tipos de licencias y permisos de conducir

3.2.1.1. LCM: Licencia de movilidad reducida

Permite llevar vehículos de movilidad reducida. La edad mínima para la obtención de la licencia de movilidad reducida es de 14 años, se podrá llevar acompañante a partir de los 16 años.

3.2.1.2. LVA: Licencia de vehículo agrícola

La edad mínima para la obtención de la licencia de vehículo agrícola es de 16 años. Permite conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus remolques con una velocidad máxima por construcción de hasta 45 km/h y cuya dimensión o masa máxima autorizada no supere la de los vehículos ordinarios (3.500 kg).

3.2.1.3. Permiso AM

La edad mínima para la obtención del permiso AM es de 15 años, se podrá llevar acompañante  a partir de los 16 años. Permite conducir:

  • Ciclomotores de dos ruedas o tres ruedas
  • Cuadriciclos ligeros
  • Vehículos de movilidad reducida (igual que con la licencia de movilidad reducida).

Su velocidad máxima por construcción no debe exceder los 45 km/h.

3.2.1.4. Permiso A1

La edad mínima para la obtención del carnet A1 es de 16 años. Permite conducir motocicletas, con o sin sidecar, con:

  • Una cilindrada máxima de 125 cc
  • Una potencia máxima de 11 kW = 14,96 cv
  • Una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg

Con el carnet A1, también se pueden conducir triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW (20,4 cv) y aquellos vehículos que autorizan a conducir con la licencia LCM o el permiso AM.

 

3.2.1.5. Permiso A2 y A

La edad mínima para la obtención del permiso A2 es de 18 años. Permite conducir:

  • Motocicletas con o sin sidecar, con:
  • Una potencia máxima de 35 kW (47,2 cv).
  • Una relación potencia/peso máxima 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
  • Aquellos vehículos que autoriza a conducir el permiso AM y A1.

Tras dos años de posesión del permiso A2 (mínimo de 20 años), se podrá obtener el permiso A, que elimina las limitaciones de potencia del permiso A2 para motocicletas con o sin sidecar y con 21 años permite conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda 15 kW.

3.2.1.6. Permiso B

La edad mínima para la obtención del permiso B es de 18 años. Permite conducir:

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor (9 plazas incluido el conductor).
  • Se podrá remolcar con el permiso B aquellos remolques de MMA inferior a 750 kg (remolque ligero) o remolques de MMA superior a 750 kg siempre que el conjunto no supere los 3.500 kg.
  • Motocicletas con una cilindrada máxima de 125cc (tipo A1) con una antigüedad de 3 años del permiso B y solo en territorio nacional.
  • Motos con sidecar, triciclos y cuadriciclos de motor de hasta 15 KW.
  • Ciclomotores, vehículos para personas con movilidad reducida, vehículos agrícolas y sus remolques.
¡Recuerda!

Siempre y cuando se supere una prueba de control de aptitudes y comportamientos, podremos acoplar un remolque de hasta 3.500 kg siempre y cuando el conjunto se encuentre entre los 3.500 kg y 4.250 kg (permiso B 96).

Con el permiso B+E, la MMA del remolque será de 3.500 kg.