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Tema 2 – Usuarios de la vía y vehículos
2.5. Normas generales de circulación
2.5.1. Circular por la derecha
Se deberá circular siempre por la derecha dentro y fuera de poblado, como norma general.
También como norma general, a excepción de los arcenes transitables, se deberá circular por la calzada y no por el arcén, a menos que sea por motivos de emergencia. Además, particularmente en curvas y áreas con poca visibilidad debido a cambios de rasante, se debe:
- Mantener lo más cerca posible del borde derecho de la vía.
- Mantener una separación lateral con otros vehículos.
- Dejar completamente despejada la parte opuesta del sentido de tráfico (lado izquierdo).
Además, los conductores de automóviles o vehículos especiales con un peso máximo autorizado superior a 3.500 kg o conjuntos de más de 7 metros solo podrán usar el carril de la derecha para circular y excepcionalmente el carril inmediato para adelantar.
2.5.2. Con tres carriles y doble sentido
Sí existen tres carriles y doble sentido separados por marcas longitudinales discontinuas deberemos:
- Circular por el carril derecho siempre, pudiendo utilizar el centrar para adelantar o cambiar de dirección a la izquierda.
- Podrán utilizar el carril inmediato (central) cuando las circunstancias del tráfico o la vía lo permitan con la condición de que no entorpezcan la marcha de los vehículos que le sigan y en condiciones de seguridad.
2.5.3. Vía urbana: 2 o más carriles
Dentro de poblado (vías urbanas o travesías), en calzadas con dos o más carriles para el mismo sentido, deberemos circular por:
- Por la derecha si no existen marcas viales que delimitan el carril.
- El carril que más convenga a nuestro destino, si están señalizados los carriles.
2.5.4. Más de una calzada
En carreteras divididas por medianas en dos calzadas, los vehículos deben transitar por la calzada situada a la derecha.
En carreteras divididas por medianas en tres calzadas, la calzada central puede ser utilizada para circular en uno o dos sentidos, mientras que las calzadas laterales están destinadas a la circulación en un único sentido, a menos que haya señales indicativas que dispongan lo contrario.