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Tema 2 – Usuarios de la vía y vehículos

2.13. Transporte de mercancías

2.13.1. Normativa general

2.13.1.1. Carga y descarga

Las operaciones de  carga y descarga se deberán realizar siempre:

  • Por el lado del vehículo más próximo al borde de la calzada.
  • Sin depositar objetos en la vía pública.
  • Lo más rápido posible.
  • Sin hacer ruido y evitando molestar innecesariamente.
  • Cumpliendo con las normas sobre paradas y estacionamientos que imponga la autoridad municipal.

2.13.1.2. Colocación de la carga

La carga deberá estar colocada de forma que permita la visión por los retrovisores, no oculte dispositivos de advertencia a otros vehículos, no se pueda caer o desplazarse de forma peligrosa y no comprometa la estabilidad del vehículo.

Con carga incluida, las dimensiones de un vehículo no deben superar:

  • Longitud: 12 metros para los vehículos a motor y remolques.
  • Altura: 4 metros
  • Anchura: 2,55 metros.
¡Recuerda!

No se deberán colocar objetos sueltos en el habitáculo que puedan salir despedidos y ocasionar daños a los ocupantes del vehículo.

2.13.2. ¿Cuánto puede sobresalir la carga?

2.13.2.1. Turismos y mixtos

En vehículos que no están diseñados para el transporte de mercancías, como turismos, autocaravanas y vehículos mixtos, la carga solo puede sobresalir por la parte trasera y no está permitido que sobresalga por delante ni por los lados.  La carga  debe llevar la señal V-20 para indicar que sobresale por detrás.

El sobresaliente de la carga puede ser de hasta el 10% de la longitud del vehículo si la carga es divisible, o de hasta el 15% de la longitud del vehículo si la carga es indivisible.

Además, se permite la instalación de carga en la parte superior del vehículo, siempre y cuando no exceda los 4 metros de altura en conjunto con el vehículo.

2.13.2.2. Furgones, furgonetas, etc.

Los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, como camiones, furgones y furgonetas, deben asegurar la carga principalmente en el área de carga del vehículo (caja). En circunstancias excepcionales, cuando la carga sea indivisible, como vigas, postes o tubos, se permitirá que sobresalga.

A lo ancho podrá sobresalir máximo 0,40 metros por lado siempre que en conjunto no se superen los 2,55 metros de anchura.

A lo largo dependerá de la longitud del vehículo:

 

2.13.2.3. Motocicletas y ciclomotores

En vehículos con una anchura inferior a un metro, como motocicletas y ciclomotores, se permite que la carga sobresalga únicamente por la parte trasera y los lados, y no es necesario señalizarla. Las dimensiones permitidas son las siguientes:

  • Hasta 0,25 metros por la parte trasera (por ejemplo, caja de entrega de pizzas).
  • Hasta 0,50 metros a cada lado del eje longitudinal (por ejemplo, maletas laterales).

2.13.3. Señalización de la carga

2.13.3.1. De día y de noche

En función del momento del día y de las condiciones meteorologías, la señalización de la carga será diferente.

De día y sin climatología adversa no es necesario señalizar por delante y por la parte trasera, tendríamos que hacerlo con uno o más paneles V20.

De noche o con climatología adversa por la parte delantera, una luz blanca y por la parte trasera (con una luz roja o uno o más paneles V20).

Si la carga sobresale lateralmente más de 0,40 m, deberán señalizarse en ambos extremos laterales con:

  • Hacia adelante, un dispositivo reflectante de color blanco y con una luz blanca.
  • Hacia atrás, un dispositivo reflectante de color rojo y con una luz roja. 

2.13.4. Normativa general de bicicletas y ciclomotores con remolque

En vehículos de dos o tres ruedas (motocicletas, ciclomotores y bicicletas), está permitido arrastrar un remolque o semirremolque siempre y cuando transporte objetos y:

  • No supere el 50% de la masa del vehículo tractor (el que arrastra o tira el remolque).
  • Reduzcan su velocidad en un 10% respecto a la velocidad genérica en vías fuera de poblado.
  • Circulen de día y sin condiciones atmosféricas adversas.