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Tema 2 – Usuarios de la vía y vehículos
2.13. Transporte de mercancías
2.13.1. Normativa general
2.13.1.1. Carga y descarga
Las operaciones de carga y descarga se deberán realizar siempre:
- Por el lado del vehículo más próximo al borde de la calzada.
- Sin depositar objetos en la vía pública.
- Lo más rápido posible.
- Sin hacer ruido y evitando molestar innecesariamente.
- Cumpliendo con las normas sobre paradas y estacionamientos que imponga la autoridad municipal.
2.13.1.2. Colocación de la carga
La carga deberá estar colocada de forma que permita la visión por los retrovisores, no oculte dispositivos de advertencia a otros vehículos, no se pueda caer o desplazarse de forma peligrosa y no comprometa la estabilidad del vehículo.
Con carga incluida, las dimensiones de un vehículo no deben superar:
- Longitud: 12 metros para los vehículos a motor y remolques.
- Altura: 4 metros
- Anchura: 2,55 metros.
¡Recuerda!
No se deberán colocar objetos sueltos en el habitáculo que puedan salir despedidos y ocasionar daños a los ocupantes del vehículo.
2.13.2. ¿Cuánto puede sobresalir la carga?
2.13.2.1. Turismos y mixtos
En vehículos que no están diseñados para el transporte de mercancías, como turismos, autocaravanas y vehículos mixtos, la carga solo puede sobresalir por la parte trasera y no está permitido que sobresalga por delante ni por los lados. La carga debe llevar la señal V-20 para indicar que sobresale por detrás.
El sobresaliente de la carga puede ser de hasta el 10% de la longitud del vehículo si la carga es divisible, o de hasta el 15% de la longitud del vehículo si la carga es indivisible.
Además, se permite la instalación de carga en la parte superior del vehículo, siempre y cuando no exceda los 4 metros de altura en conjunto con el vehículo.
2.13.2.2. Furgones, furgonetas, etc.
Los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, como camiones, furgones y furgonetas, deben asegurar la carga principalmente en el área de carga del vehículo (caja). En circunstancias excepcionales, cuando la carga sea indivisible, como vigas, postes o tubos, se permitirá que sobresalga.
A lo ancho podrá sobresalir máximo 0,40 metros por lado siempre que en conjunto no se superen los 2,55 metros de anchura.
A lo largo dependerá de la longitud del vehículo:
2.13.2.3. Motocicletas y ciclomotores
En vehículos con una anchura inferior a un metro, como motocicletas y ciclomotores, se permite que la carga sobresalga únicamente por la parte trasera y los lados, y no es necesario señalizarla. Las dimensiones permitidas son las siguientes:
- Hasta 0,25 metros por la parte trasera (por ejemplo, caja de entrega de pizzas).
- Hasta 0,50 metros a cada lado del eje longitudinal (por ejemplo, maletas laterales).
2.13.3. Señalización de la carga
2.13.3.1. De día y de noche
En función del momento del día y de las condiciones meteorologías, la señalización de la carga será diferente.
De día y sin climatología adversa no es necesario señalizar por delante y por la parte trasera, tendríamos que hacerlo con uno o más paneles V20.
De noche o con climatología adversa por la parte delantera, una luz blanca y por la parte trasera (con una luz roja o uno o más paneles V20).
Si la carga sobresale lateralmente más de 0,40 m, deberán señalizarse en ambos extremos laterales con:
- Hacia adelante, un dispositivo reflectante de color blanco y con una luz blanca.
- Hacia atrás, un dispositivo reflectante de color rojo y con una luz roja.
2.13.4. Normativa general de bicicletas y ciclomotores con remolque
En vehículos de dos o tres ruedas (motocicletas, ciclomotores y bicicletas), está permitido arrastrar un remolque o semirremolque siempre y cuando transporte objetos y:
- No supere el 50% de la masa del vehículo tractor (el que arrastra o tira el remolque).
- Reduzcan su velocidad en un 10% respecto a la velocidad genérica en vías fuera de poblado.
- Circulen de día y sin condiciones atmosféricas adversas.